La nacionalidad española por residencia es uno de los pasos más importantes para muchas personas extranjeras que llevan tiempo viviendo en España y quieren dar el salto a convertirse en ciudadanos de pleno derecho. Conseguirla significa acceder al pasaporte español y con él a la libertad de moverse y trabajar por toda la Unión Europea. Ahora bien, nosotros lo vemos a diario en el despacho: no es un trámite tan rápido ni tan simple como parece en teoría. Hay que demostrar años de residencia continuada, preparar bastante documentación, superar exámenes oficiales y, sobre todo, armarse de paciencia porque la resolución suele tardar más de lo que cualquiera desearía.
Quién puede iniciar la solicitud y en qué casos
La nacionalidad por residencia está dirigida a los extranjeros que ya cuenten con autorización de residencia en España y hayan vivido en el país de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.
No todas las personas tienen que esperar el mismo tiempo para solicitar la nacionalidad, porque la ley marca un plazo general, pero también contempla excepciones según la nacionalidad de origen o la situación particular de cada solicitante. En el despacho lo primero que revisamos siempre es si realmente se cumple con la residencia continuada, ya que es habitual que alguien piense que con estar empadronado o con acumular estancias largas en España es suficiente, y luego nos encontramos con que un viaje de más de 90 días interrumpe el cómputo sin que la persona lo supiera, o hasta han incluido el tiempo en que estuvieron irregulares.
En realidad, si el solicitante ha pasado más de 90 días fuera del país durante el período exigido, la residencia se interrumpe y el cómputo de años vuelve a empezar. Esto es especialmente importante en clientes que viajan con frecuencia a sus países de origen o por trabajo.
Cuántos años de residencia se necesitan según cada situación
La norma general establece que para solicitar la nacionalidad española se deben acreditar 10 años de residencia legal y continuada en España. Sin embargo, existen varias excepciones:
- 5 años para aquellas personas reconocidas como refugiadas.
- 2 años para ciudadanos de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí. Esta es la excepción más usada en la práctica, ya que gran parte de nuestros clientes latinoamericanos cumplen con este plazo reducido.
- 1 año en situaciones especiales, como haber nacido en territorio español, estar casado con un ciudadano español, ser viudo o viuda de un español sin haberse separado, o haber estado bajo la tutela de un ciudadano español o de una institución durante dos años consecutivos.
En la práctica, lo que más suele generar dudas es la diferencia entre la residencia general y la residencia reducida. Por eso siempre recomendamos verificar bien en qué categoría encaja cada caso antes de iniciar el trámite.
Qué documentos son imprescindibles
La solicitud de nacionalidad exige una gran cantidad de documentos, muchos de ellos apostillados o legalizados y de ser necesarios, traducidos. Entre los más importantes se encuentran:
- Pasaporte completo en vigor.
- Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en vigor.
- Certificado de empadronamiento actualizado.
- Certificados de antecedentes penales actualizados tanto del país de origen como de los países en los que se haya residido en los últimos cinco años. Estos deben estar apostillados o legalizados y, en su caso, traducidos oficialmente.
- Acta de nacimiento actualizada debidamente apostillados o legalizados y, en su caso, traducidos oficialmente.
- Los resultados aprobados de los exámenes impartidos por el Instituto Cervantes: Prueba de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España (CCSE) – Diploma de Español como Lengua Extranjera (DELE) (este examen solo es necesario si no se pertenece a un país hispanohablante)
- Abonar la tasa del Ministerio de Justicia
Si la nacionalidad se solicita por matrimonio, habrá que añadir:
- Acta de matrimonio inscrita en España.
- DNI del cónyuge español.
- Certificado de empadronamiento conjunto actualizado para acreditar que la pareja aún convive en el mismo domicilio.
En muchos de los expedientes que acompañamos, detectamos un fallo que se repite con frecuencia: la gente presenta documentos que ya están caducados o que no han sido legalizados de la forma correcta. Esto, aunque parezca un detalle menor, suele acabar alargando el proceso durante meses y genera una frustración enorme en quienes esperaban una resolución más rápida.
Exámenes de idioma y conocimientos generales cómo prepararte
Para conseguir la nacionalidad española no basta con cumplir los años de residencia y reunir papeles: la mayoría de solicitantes también tiene que superar uno o dos exámenes oficiales organizados por el Instituto Cervantes. El primero es el CCSE, una prueba tipo test sobre historia, geografía, política y sociedad española. El segundo es el DELE (nivel A2 o superior), obligatorio para quienes no tienen el español como lengua materna.
En nuestro despacho siempre aconsejamos preparar estos exámenes con tiempo. Lo ideal es estudiar con los materiales oficiales del Instituto Cervantes, que incluyen preguntas de ejemplo y manuales gratuitos muy útiles, incluso una aplicación para practicar en línea. Además, recomendamos a los clientes inscribirse con antelación, porque en muchas ciudades las plazas se llenan rápido y perder una convocatoria puede retrasar todo el trámite ya que los tiempos para recibir las respuestas de los exámenes va de 20-30 días para el CCSE y de 90 días para el DELE.
Un dato no menor, es que con el pago de la tasa de cada examen existen dos posibilidades para rendir el mismo. Por lo que si te ha ido mal en la primera convocatoria, no te desanimes,sabemos que los nervios no ayudan, tenes una oportunidad más.
Un detalle adicional del que poco se habla, es de los casos en los que se puede obtener la exención de los exámenes del Instituto Cervantes, los mismos son ser menor de edad, tener una discapacidad que impida realizar el examen o haber cursado estudios oficiales en España (ESO, Bachillerato o titulación universitaria).
Plazos de resolución y tiempos reales de espera
De forma oficial, el Ministerio de Justicia tiene un plazo máximo de un año para resolver las solicitudes de nacionalidad por residencia. No obstante, en la práctica sabemos que muchas solicitudes se alargan entre 18 y 24 meses.
Cuando se supera el año sin respuesta, existe la opción de presentar un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, que puede acelerar la resolución. En nuestro despacho hemos visto cómo esta vía funciona bien para quienes llevan demasiado tiempo esperando sin noticias, aunque supone un coste adicional que no todos los solicitantes están dispuestos a asumir.
Qué hacer si tu solicitud es denegada
Las denegaciones de nacionalidad suelen deberse a problemas con la documentación (certificados no actualizados o mal apostillados/legalizados, falta o interrupción de continuidad en la residencia) o a la no superación de los exámenes obligatorios.
Cuando una solicitud de nacionalidad es denegada, lo primero es no desanimarse. En la mayoría de los casos lo más efectivo es volver a presentarla, pero esta vez revisando a fondo la documentación y corrigiendo cualquier error que haya causado el rechazo. En el despacho lo vemos a menudo, no siempre se trata de un “no rotundo”, sino de fallos formales —un antecedente caducado, un documento mal legalizado— que, una vez subsanados, permiten que la nueva solicitud avance sin problemas.
Sin embargo, en caso que la denegatoria haya sido alevosamente errónea por parte del Ministerio De Justicia, contra la resolución denegatoria podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.
Diferencias con la nacionalidad por matrimonio u otras vías
La nacionalidad por residencia es la más común, pero no es la única forma de acceder a la ciudadanía española.
- Nacionalidad por matrimonio: permite solicitarla tras un año de residencia legal si el solicitante está casado con un ciudadano español y conviven juntos en España. En este caso, además de los documentos habituales, hay que presentar el acta matrimonial, el DNI del cónyuge y el padrón conjunto.
- Nacionalidad por opción: pensada para hijos de españoles de origen o menores de edad bajo tutela de ciudadanos españoles.
- Nacionalidad por carta de naturaleza: un procedimiento excepcional concedido por el Gobierno en circunstancias muy concretas.
Conocer estas diferencias es importante para no iniciar un procedimiento equivocado y perder tiempo valioso.
Cuándo es conveniente contar con un abogado para acelerar el proceso
Es cierto que cualquiera puede presentar su solicitud de nacionalidad por residencia de forma personal, pero en la práctica la diferencia entre hacerlo solo o contar con un abogado especializado en extranjería suele notarse, y mucho. En nuestro despacho lo vemos continuamente, un error mínimo en la documentación, un cálculo mal hecho en los plazos de residencia o un antecedente sin apostillar o legalizar puede retrasar el proceso más de un año.
Por eso acompañamos a nuestros clientes en todo el recorrido, verificamos que la residencia sea realmente continuada, revisamos cada documento para que esté en regla, orientamos en la preparación de los exámenes CCSE y DELE y, cuando es necesario, representamos al solicitante en un recurso de reposición o los contencioso-administrativos si el Ministerio de Justicia tarda más de lo debido.
Asimismo, si llegará un requerimiento, a través de nuestra firma de abogados, se presentará el mismo mediante sede electrónica lo que facilita cumplir los plazos debidos y asegurarse que la información llega de la forma en que es debida y no se pierde al hacerlo de forma presencial a través de los medios habilitados hasta que esos documentos llegan al Ministerio de Justicia. Esto te hará ganar muchísimo tiempo y estar tranquilo en que se ha cumplimentado para que el expediente continúe su curso normal, y evitará que puedan archivar por desistimiento el expediente por no haber cumplido lo solicitado en tiempo y forma.
Si estás pensando en solicitar la nacionalidad por residencia en España, podemos ayudarte a presentar un expediente sólido, a aumentar las posibilidades de éxito y de lograrlo antes del tiempo general desde el primer intento.
