La reagrupación familiar en España es, sin duda, uno de los trámites más buscados por quienes ya viven aquí y no quieren seguir lejos de su familia o incluso que visualizan la posibilidad de otorgarles un futuro con mayores oportunidades.
Sobre el papel parece un procedimiento directo, pero en la realidad se convierte en un camino lleno de requisitos, papeles y plazos que suelen dar más de un dolor de cabeza. Yo he visto que el éxito de este trámite no depende tanto de la voluntad, sino de presentar la documentación al detalle y de tener muy claro qué familiares se pueden reagrupar y cuáles no.
Quién tiene derecho a solicitar la reagrupación
El derecho a reagrupar corresponde a los extranjeros residentes en España que cuenten con autorización de residencia renovada y que demuestren los medios necesarios para mantener a los familiares que desean traer. No basta con tener papeles en regla, la administración revisa tanto la situación económica como la vivienda del reagrupante antes de autorizar la llegada de la familia.
Qué familiares se pueden reagrupar y cuáles no
No todos los familiares pueden acceder a este trámite, y aquí es donde surgen muchas dudas.
Familia directa, ascendientes y descendientes
Se pueden reagrupar:
- El cónyuge o la persona con la que el reagrupante mantenga una relación de afectividad.
- Hijos menores de 18 años o mayores que estén incapacitados, sean éstos biológicos, adoptados o hijos del cónyuge o pareja.
- Padres del reagrupante o de su cónyuge, siempre que se acredite dependencia económica y que no trabajen.
- Otros miembros de su familia con los que demuestren fehacientemente que se encuentran a su cargo.
Casos especiales de familia extensa
Otros familiares como hermanos, tíos o primos no se pueden reagrupar de forma automática. Solo en casos excepcionales (dependencia económica acreditada, discapacidad, falta de apoyo en el país de origen) se puede intentar justificar, pero son expedientes mucho más difíciles de conseguir.
Documentos imprescindibles que te pedirán
En todo trámite de reagrupación familiar, la clave es la documentación. Los más habituales son:
- Pasaporte válido del reagrupante y del familiar.
- Tarjeta de residencia o DNI del reagrupante.
- Certificados que acrediten el vínculo familiar (acta de nacimiento, matrimonio, etc.).
- Prueba de dependencia económica cuando aplique.
- Seguro médico válido en España.
- Antecedentes penales actualizados y apostillados/legalizados y si aplica traducidos.
- Certificado médico de no padecer ninguna de las enfermedades con repercusiones en la salud pública del Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
- Informe de Vivienda aprobado.
Aquí es donde suelen aparecer errores. He visto muchas solicitudes rechazadas porque los documentos no estaban actualizados, tenían errores de traducción o no estaban legalizados/apostillados. La recomendación es revisarlo todo dos veces antes de presentar.

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Requisitos económicos y de vivienda para demostrar solvencia
Para que el trámite sea aprobado, no basta con el vínculo familiar, el reagrupante debe demostrar que tiene medios suficientes y una vivienda adecuada.
Medios económicos: contrato, nóminas, saldo bancario
La solvencia se acredita con un contrato de trabajo en vigor, nóminas o extractos bancarios que demuestren estabilidad económica. Si los ingresos no alcanzan el mínimo exigido, el expediente se rechazará.
Informe de vivienda, condiciones mínimas que debe cumplir
La vivienda debe estar debidamente equipada y contar con espacio suficiente. Es habitual que pidan un informe de habitabilidad emitido por el ayuntamiento, donde se comprueba que cada miembro tenga una habitación adecuada y que no haya personas desconocidas empadronadas en el domicilio. Este punto suele ser de los más complicados, muchas personas no saben cómo tramitar este informe o no cumplen las condiciones mínimas de vivienda.
Cómo se tramita el proceso paso a paso
Aunque muchos lo imaginan como un trámite rápido, en realidad tiene varias fases.
Solicitud en España
La solicitud inicial se presenta en España por parte del reagrupante. Los consulados ya no gestionan este paso, es la oficina de extranjería en España en la provincia en que se encuentre el reagrupante la que estudia la documentación y resuelve.
En cuanto a la resolución y visado en el consulado, si la solicitud es aprobada, el familiar debe acudir al consulado español en su país para estampar el visado de reagrupación en el pasaporte.
Llegada a España y expedición de la TIE
Con el visado ya estampado en el pasaporte, el familiar puede finalmente viajar a España. Al llegar, uno de los primeros pasos será pedir la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la comisaría. Allí es donde toman las huellas y, tras el trámite, entregan la tarjeta que acredita la residencia física en el país.
Qué derechos obtienen los familiares al llegar
Los familiares que llegan a España mediante reagrupación familiar obtienen una autorización de residencia que les permite vivir legalmente en el país. Esto les autorizará a realizar las mismas actividades que cualquier residente legal en el país: estudiar, trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia en cualquier parte del territorio español siempre que tengan la edad minima para ello, escolarizarse, acceder al sistema sanitario, etc.
Lo que debes prever de las renovaciones y prórrogas
La tarjeta de residencia obtenida por reagrupación no es indefinida. Se debe renovar en plazos concretos:
- 60 días antes de la fecha de caducidad.
- Hasta 90 días después de haber caducado (aunque esto puede implicar sanciones).
En la renovación hay que volver a demostrar solvencia económica y condiciones de vivienda, lo que significa que los requisitos no desaparecen con la primera concesión sino que hay que volver a presentarlos.
Cuáles son los errores más comunes y cómo evitarlos
En nuestra experiencia, los problemas más habituales aparecen siempre en los mismos puntos. Mucha gente se queda atascada con el informe de vivienda porque no sabe cómo gestionarlo o no cumple con las condiciones mínimas que pide extranjería.
Otro error frecuente es no demostrar bien la dependencia económica del familiar, algo que la administración revisa con lupa.
También es común que se presenten documentos caducados o incompletos sin darse cuenta, lo que obliga a empezar de nuevo el trámite.
Y, finalmente, están los despistes con los plazos de renovación, si no se calculan bien, el expediente puede quedar en el aire y complicar toda la residencia.
Estos fallos no solo retrasan meses el proceso, sino que en algunos casos provocan directamente una denegación. Por eso siempre recomendamos revisar todo dos veces y, si es posible, asesorarse antes de presentar la solicitud ya que cada familiar será un caso en concreto a detallar minuciosamente. Podemos ayudarte con los requisitos para reagrupación familiar en España. Cuéntanos tu caso en particular.
